ESTA ENTRADA TAMPOCO GUSTÓ
La saqué el 11 de julio de 2022 y me la censuraron por incumplir las normas de la comunidad, evidentemente "da ideas" de cómo proceder. Es una traducción del art escrito por Christiane Paurd, ex monja de la comunidad de Belén fundadora de la asociación de afectados. Ha intervenido este fin de semana 14, 15 de febrero de 2026 en la reunión de París de ex Comunidad de San Juan, ex Comunidad de Belén, ex comunidad Emmanuel, ex Benedictinas de Montmartre organizado por AVREF, echadle un ojo a la web que agrupa a todos los que pasaron por un grupo cuyo mandamiento 11 de la ley de Dios era "no pensar".
En 2015 se inició una investigación canónica sobre las monjas de Belén, tras la lectura de numerosos testimonios de monjes y monjas que habían abandonado la congregación2. Entre otros el de Patricia Blanco-Suárez. Patricia tenía un objetivo: convertirse en santa. Ambición que puede parecer desproporcionada, pero ¿no lo es la ambición de muchos religiosos? Después de un período de vida con las Misioneras de la Caridad, la Madre Teresa discernió en ella una vocación a la vida contemplativa y la encaminó hacia las monjas de Belén que hicieron voto de “tender a la perfección del amor”. Patricia permaneció con las monjas de Belén entre 1995 y 2009, “quince años en el infierno de la familia monástica de Belén”, como tituló su libro…
Además, las monjas de Belén hacen como los cartujos, no todas las hermanas hacen "profesión". Ofrecen a quienes parecen menos seguros, más frágiles, que hagan una "donación". Se trata de una “profesión” de segunda categoría humillante. Se lo propusieron a Patricia pero ella se negó y consiguió hacer profesión.
Patricia fue explotada... Las hermanas se aprovecharon de su inteligencia, de su sentido de organización para hacer que trabajara hasta el agotamiento. Una vez más se reproduce la esclavitud moderna en las comunidades religiosas. Patricia intentó varias veces salir de la comunidad, ¡pero las hermanas fueron a buscarla!
Patricia deseaba con toda el alma vivir en una ermita, como le habían prometido las hermanas. Solo lo consiguió después de años de servidumbre y solo porque amenazó con irse. ¿Por qué ? Porque la vida en una ermita no se concede a todo el mundo, sino reservada a los más brillantes, a los más prometedores, sobre todo en términos de filiación y herencia... ¿Ya no existen los hermanos legos? ¡Claro que existen ! Sencillamente, ya no se usa esa palabra... Están las monjas de buena familia, de padres acomodados, incluso ricos, que beneficiarán a la comunidad, y están las plebeyas. Las primeras probablemente se convertirán en prioras, las segundas seguro que no. Es una costumbre común en las comunidades religiosas de la que obviamente no se habla.
Jubilación: siete trimestres de cincuenta y ocho
Cuando salió de Belén en 2009, fue difícil, muy difícil para Patricia aterrizar en “el mundo”3. En 2013 contactó con la APRC (Asociación para una jubilación adecuada) tras comprobar que las hermanas de Belén sólo habían aportado a su jubilación siete trimestres de vida religiosa de cincuenta y ocho. En ese momento, dado que Patricia tenía la nacionalidad española, no podíamos recurrir a los tribunales. Luego la ayudamos en un proceso de mediación a través del SAM, Servicio de mediación establecido por la Conferencia Episcopal de Francia y la Conferencia de Religiosos de Francia. Las monjas de Belén compensaron entonces doce trimestres “por el daño causado por exceder la duración canónica del noviciado que privó a Patricia de la contribución de vejez al Cavimac”. Faltaban aún 39 trimestres y Patricia no se daba por vencida... La congregación y la Cavimac (Caja para el Culto de Seguro de Vejez, Invalidez y Enfermedad) afirmaban que la regularización era imposible, con respecto a los años pasados fuera de Francia (Italia, Bélgica) por un extranjero. Patricia se naturalizó francesa en 2016. En 2019, en vista de la tenacidad de Patricia, Cavimac aceptó contribuciones atrasadas para validar los años pasados en países de Europa: las convenciones internacionales lo hicieron posible. En enero de 2021, las Monjas de Belén publican una nota de prensa anunciando la creación de un Comité de Escucha, en la que afirman “cuánto han tomado conciencia de las heridas y traumas que tales disfunciones han causado en estas hermanas, en su autoestima , su libre albedrío y su relación de confianza con la Iglesia, exigiendo una lenta y difícil reconstrucción”4.
El “milagro” de la acción
En noviembre de 2021, las monjas de Belén envían a las hermanas que les han dejado una larga, larguísima “declaración final” (cinco páginas) de la que La Croix ha publicado algunos extractos. Está en marcha una reforma, muy necesaria y que esperamos sea eficaz y salvadora. Pero, ¿no podemos temer que esta hermosa afirmación no sea más que una ilusión?5 ¿Se podría olvidar la intención de reparar? Por supuesto, la comunidad se reformará a sí misma, lo que llevará muchos años, incluso décadas. Pero, ¿qué pasa con la reparación por los daños morales y económicos sufridos por aquellos que han dejado la congregación? Cierto número de ancianos y ancianas de Belén llamaron a la unidad de escucha que, a priori, hizo bien su trabajo. Se tomó el tiempo de escuchar y transmitir, dejando sus responsabilidades a las hermanas. La intención anunciada era “reparar”. Tras llamar a esta unidad de escucha, Patricia obtiene la regularización de los últimos quince trimestres faltantes. Pero no se le dio respuesta a su reclamo de indemnización por maltrato espiritual, físico y psíquico…
¿De verdad la comunidad se arrepiente?
Casi un año después, en respuesta a sus solicitudes, las ex hermanas comenzaron a recibir cartas de la comunidad de Belén. Se trataba de regularizar las cotizaciones que faltaban 5 (sólo en parte: a veces según de qué país se trate no se reconocen períodos en el extranjero). Mientras que para algunas todo se soluciona sin aparente dificultad, otros reciben curiosas respuestas: “Nos hemos puesto en contacto con los servicios de CORREF y de la Conferencia Episcopal de Francia que han puesto en marcha una serie de disposiciones y recomendaciones muy recientemente. La Comisión de Indemnización creada por CORREF (Comisión Independiente de Reconocimiento y Reparación) nos confirmó que sólo sería responsable de las consecuencias del abuso sexual. En consecuencia, siguiendo estas recomendaciones y con el mismo espíritu, nuestra Congregación está constituyendo una unidad de mediación de indemnizaciones destinada a recabar todos los elementos necesarios para una justa reparación a fin de establecer y regularizar acuerdos definitivos. De hecho, la SAM nos dijo que no estaba en condiciones ni estaba autorizada para hacer frente a la compensación de la Congregación. » ¡Sorpresa!
Hasta donde sabemos, ningún ex de Bethlem ha recurrido al comité de escucha por abuso sexual. Entonces, ¿por qué hacen esa alusión? El maltrato sufrido fue espiritual, psicológico, económico y condujo a una reintegración muy difícil después de salir de la comunidad. Estos abusos ya han sido descritos y escuchados por la célula de escucha por Belén, pero cuyo trabajo las hermanas parecen estar negando hoy. ¿Por qué diablos llamaste a psicólogos, abogados y otros especialistas? ¿Por qué perder el tiempo para luego nombrar una nueva comisión? ¿Es todo una pura comedia? Ciertamente podemos entender que el SAM (Servicio de Mediación creado por la CORREF y la CEF) se retira ante la procrastinación de la comunidad...
Mientras tanto, los ex y mayores de Belén esperan, con impaciencia con la sensación de haber sido estafados y sin creer en ninguna compensación real. Sueñan con una asignación que les permita continuar sus estudios, comprar el coche que le había dado a la comunidad al entrar, o solo para sobrevivir en un contexto particularmente difícil, pagar la terapia necesaria para recuperarse del abuso psicológico, no depender de amigos y familiares. Depende de cada uno tomar el control de sus vidas. ¿Es tan difícil entender que es necesario multiplicar las comisiones?
Patricia es una de las pocas personas que conoció al famoso mediador junto con dos hermanas de Belén. Viajó a París y se reunió durante dos horas. Al final de la entrevista, anuncian sus conclusiones: ya han hecho mucho por Patricia y no harán más.
Como dice Patricia, sí, las Hermanas de Belén dieron mucho por ella… pero solo regularizaron una situación administrativa ilegal. Pero no compensaron a Patricia por su experiencia en la comunidad. Y la diferencia es enorme. Conciencia de lesiones y traumas, la reconstrucción lenta y difícil.
El comunicado de prensa de enero de 2021, ¿fue pura propagandas? A principios de mayo de 2022, algunos ex miembros de la comunidad aún esperan ser contactados por el nuevo mediador anunciado a fines de 2021. Sin embargo, las hermanas prometieron contactar en enero de 2022, "lo que permitiría lograr un resultado en unos meses como máximo"...
Christiane Paurd
1.Christiane Paurd es autora del libro Dans sa main, testimonio de su vida religiosa con las monjas de Belén entre 1971 y 1976. Como Trabajadora social ayuda a las personas que abandonan su comunidad a hacer valer sus derechos sociales. Véase Golias Hebdo nº 717. christiane.paurd@orange.fr
2.https://www.la-croix.com/Religion/Actualite/Les-sœurs-de-Bethleem-sous-le-coup-d'-une-visite-canonique-2015-06-08-1321051?xtor =EPR-9-%5b1300851975
Se puede escuchar en https://www.youtube.com/watch?v=MwbF_4W_ANI
https://www.bethleem.org/annonces/20210104 comunicado de prensa.php
5.https://www.lenversdudecor.org/Communique-de-presse-de-la-Famiulle-monastique-de-Bethleem.html
Comentarios
Primero el de levantar la censura al medio censor, segundo la reclamación por dos vías sino la levantan y adicionalmente para conocer a los acosadores aún restablecido todo.
Al hilo del anterior, pues si, nadie se atreve a escribir la realidad del maltrato y delitos contra las decenas de miles de víctimas por la Obra De Dios; ni psiquiatras, ni médicos de cabecera, ni psicólogos, ni notarios, ni abogados, el silencio es sepulcral.
Todos ellos conocen de primera mano como se saltan la ley y con la otra, la venganza de la mafia de la OD. Siguen empeñados los ex-miembros en el debate teológico de que secuestrar menores de edad de espaldas a los padres, engañarles y no contarles el plan de vida, meterles en un piso con menos derecho que un preso en un penal (estos tienen derecho a comunicaciones, médicos con secreto profesional, horas de ocio, lecturas propias, correspondencia) , maltratarles, espiarles, robarles, acosarles, silenciarles, amenazarles y cuando ya no son útiles o han reventado como Nietzsche por tanto sufrimiento , al cubo de la basura sin dinero ni para un taxi tras 40 años.
El cretino y sesudo troll @fendetestas, que el debate es de un libro apócrifo de hace 5 siglos como responsable... de la praxis del OD de traca, para justificar todo esto, sobre un libro ... y a debatir lo debatible
Yo hubiera citado a Hammurabi o mejor el código penal y civil, vigente en 1982, con eso es suficiente.
Como diluyen el debate, lo oKupan, prostituyen y los becerros entrando al trapo.
Ninguna sociedad puede saltarse ni el código penal ni el civil. Menos, la de delincuentes civiles amparados en que son jerarquía de la iglesia, sin haber sido ordenados y aun siendo, son los mismos delitos.
error donde "sino" debe decir "si no"
¿Entonces @fendetestas 🧌, mentiroso patológico 🧌 😴🛌💤🥱 responde de una vez?
1) ¿Por qué había un juicio penal en Barcelona en juzgado mixto en 1915?
2) ¿Por qué hay pronunciamiento favorable de continuar este juicio en Barcelona por parte de la fiscalía y del Tribunal Supremo nada menos?
3) ¿Por qué sentencian que continúen los de Zaragoza y el de Barcelona por separado?
4) ¿Por qué si es tema civil no recaló por reparto en Zaragoza dónde ya hay dos procedimientos previos civiles en fase de ejecución y era la sede de todos los implicados, según Lec, al juzgado que "conoce el asunto"?
5) ¿Por qué si era un tema civil presentado en Barcelona, no se mandó por competencia a Zaragoza según Lec por el Tribunal Supremo, aún sin acumulación, al ser la sede del Chocolatero, socio y acreedores?
6) ¿Por qué no se abrió un nuevo procedimiento civil en Zaragoza, sino era penal y se presentó en Barcelona, lugar según LEcrim donde se cometería el ilícito penal?
7) ¿Por qué hay pronunciamiento de fiscalía, si esta no actúa en temas civiles, salvo cuando representa en temas civiles a menores de edad o a personas incapaces mentalmente y tuteladas y la fiscalía es "su abogado"?
Espero respuesta
https://www-abc-es.cdn.ampproject.org/v/s/www.abc.es/sociedad/leon-xiv-enfria-reforma-opus-dei-nuevos-20260216134249-nt_amp.html?amp_gsa=1&_js_v=a9&usqp=mq331AQGsAEggAID#amp_tf=De%20%251%24s&aoh=17713204109611&csi=0&referrer=https%3A%2F%2Fwww.google.com&share=https%3A%2F%2Fwww.abc.es%2Fsociedad%2Fleon-xiv-enfria-reforma-opus-dei-nuevos-20260216134249-nt.html
la culpa es del Monita... sin ese texto Escriba nunca se hubiera inventado lo de laicos en la jerarquía, numerarias captadas en al infancia a espalda de los tutores legales, y demás delitos asociados, herencias, dinero negro, robo de salarios...
Ya sabéis, la culpa es de la pistola, no del asesino..., no del deseo de matar, preparado concienzudamente por años, perfeccionando el método, buscándose cómplices, colaboradores y encubridores, dejando libros de como hacerlo. Y en todo caso el Monita es una vez ya causado el daño...
"La culpa es de la Pistola, no del asesino"
Cretino troll, aka Juan Fernández Lopez, aka fendetestas...
https://i.imgur.com/bittEPV.png
https://draft.blogger.com/profile/12337532217578234357
Les dijo el padre Maddof , "no os lo puedo contar ni daros 7 días para repartir los dividendos y luego entregarme, porque en ese caso sois cómplices y encubridores si me denunciáis tras siete días de saberlo y mientras operarais". Al día siguiente su hijo le denunció.
¿Cuánto hace que lo sabe Francisco y ahora León? Claramente son cómplices, encubridores y cooperadores necesarios. Luego se quejan de que las iglesias se vacíen y de que nadie confíe en ellos, ni la gente de buena voluntad sin militar en izquierda ni ideología alguna. Son la MAFIA, TODOS ELLOS
Solo hace falta reunir dinero e ir por via penal en la EU contra la Secta y su Jefe el Papa y dejarse de magufadas de trolles opusinos como @fendetestas en base a libros apócrifos, de la edad media.
El recorrido con tipos penales de la querella ya está mas que analizado; si algún donante, patrono o "Business Ángel del IESE" quiere dar dinero, la presentamos. Contacten conmigo
🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱
Lugar de los hechos (Fórum delicti commissi): Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), la competencia penal corresponde al juez del lugar donde se ha cometido el presunto delito. Aunque los implicados pudieran residir o moverse por otras zonas, los hechos investigados ocurrieron en Barcelona, no en Zaragoza donde residen, por eso se juzgan aquí. Si fuera civil iría a Zaragoza donde residen todos, incluido el Banco Hipotecario Zaragozano, como se demuestra por dos procedimientos civiles en ejecución de sentencia
Prioridad de la Vía Penal sobre la Civil: Cuando unos hechos pueden constituir delito (penal), la investigación penal tiene prioridad absoluta. No se abre un procedimiento civil paralelo para los mismos hechos porque la vía penal absorbe la responsabilidad civil derivada del delito, es decir habría condena a cárcel y además fijaría la indemnización y cuantía económica y no cabria uno civil a la vez en Barcelona ni después en Barcelona, el penal siempre manda sobre el civil. Es además Barcelona via penal y no via civil, porque hay pronunciamiento de fiscalía y esta no se pronuncia en temas civiles, salvo en temas de menores e incapaces o tutelados, donde les representa.
Principio Non bis in idem: Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Si se sustanció el procedimiento civil en la jurisdicción correspondiente en Zaragoza, cosa que el Supremo es conocedor, donde ya estaba en fase de ejecución de sentencia (firmeza sin caber recursos), no procede abrir otro procedimiento civil simultáneo en otra provincia, Barcelona por el mismo motivo, porque sería juzgarlos dos veces por los mismos motivos y porque el Tribunal Supremo, si solo fuera civil y aun siendo algo no juzgado, algo nuevo lo hubiera mandado a Zaragoza por residencia del Chocolatero y socios.
Por eso solo cabe que es penal en Barcelona
RESPUESTA A LOS TROLLES ANONIMOS BIEN CONOCIDOS.
🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱
1) Lugar de los hechos (Fórum delicti commissi): Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), la competencia penal corresponde al juez del lugar donde se ha cometido el presunto delito. Aunque los implicados pudieran residir o moverse por otras zonas, los hechos investigados ocurrieron en Barcelona, no en Zaragoza donde residen, por eso se juzgan aquí. Si fuera civil iría a Zaragoza donde residen todos, incluido el Banco Hipotecario Zaragozano, como se demuestra por dos procedimientos civiles en ejecución de sentencia
2) Prioridad de la Vía Penal sobre la Civil: Cuando unos hechos pueden constituir delito (penal), la investigación penal tiene prioridad absoluta. No se abre un procedimiento civil paralelo para los mismos hechos porque la vía penal absorbe la responsabilidad civil derivada del delito, es decir habría condena a cárcel y además fijaría la indemnización y cuantía económica y no cabria uno civil a la vez en Barcelona ni después en Barcelona, el penal siempre manda sobre el civil. Es además Barcelona via penal y no via civil, porque hay pronunciamiento de fiscalía y esta no se pronuncia en temas civiles, salvo en temas de menores e incapaces o tutelados, donde les representa.
3) Principio Non bis in idem: Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Si se sustanció el procedimiento civil en la jurisdicción correspondiente en Zaragoza, cosa que el Supremo es conocedor, donde ya estaba en fase de ejecución de sentencia (firmeza sin caber recursos), no procede abrir otro procedimiento civil simultáneo en otra provincia, Barcelona por el mismo motivo, porque sería juzgarlos dos veces por los mismos motivos y porque el Tribunal Supremo, si solo fuera civil y aun siendo algo no juzgado, algo nuevo lo hubiera mandado a Zaragoza por residencia del Chocolatero y socios.
POR ESO SOLO CABE QUE ES PROCEDIMIENTO PENAL EN BARCELONA EN JUZGADO DISTRITO DE LA CONCEPCIÓN
"hay declaración de fiscalía", pues es tema penal y punto, esta no interviene en temas civiles y el Tribunal Supremo antes de SENTENCIAR, ES SENTENCIA, NO ES AUTO, consulta PORQUE ESTÁ OBLIGADO.
Si no estuviera no lo haría, porque en Derecho no se aplican buenas o malas intenciones, ni te puedes inventar un simple paso porque no se admite según Lecrim o Lec o APELACIÓN DE LA PARTE CONTRARIA Y EL CHOCOLATERO APELARIA AL INFORME DE FISCALIA QUE ES CONTRARIO A SU INTERES SINO FUERA OBLIGATORIO, PORQUE ESTA NO PIDE ARCHIVO, PIDE QUE CONTINUE EN BARCELONA EL PENA, EL CIVIL Y LOS DOS CIVILES EN ZARAGOSA SIN JUNTARLOS CONTRA EL CHOCOLATERO.
LA FISCALIA ESTÁ CONTRA EL CHOCOLATERO... ESTAFADOR Y PADRE DEL MARQUÉS...
En DERECHO cada paso está tasado, medido, ordenado, no valen las mafias opusinas de cambiar el sentido de las palabras O DECIR LO CONTRARIO DE LO QUE SE LEEA...
Hay otro principio fundamental que los juristas conocemos, "Economia procesal" aquello que no es necesario, no se hace, es lógico, porque "sensu contrario para entorpecer, dilatar y buscar un error que invalide, a mala fe puedes pedir prueba, mas pruebas innecesarias, diligencias y eso si no está contemplado no se hace y si algo no se hace pudiendo o debiéndose hacer se explica el porqué mediante AUTO del TS "IMPERTINENTE", es el termino".
Incluso si fuera obligatorio, la ausencia de esa prueba o pronunciamiento, seria causa de recurso o de nulidad de la sentencia posterior
ESTAS ACCIONES, PASOS, ESTÁN TASADAS SEGÚN LEC Y LECRIM, Y LA FISCALIA NO INTERVIENE EN TEMAS CIVILES
¿COÑO HABEIS VISTO ALGUNA EJECUCION HIPOTECARIA DONDE INTERVENGA UN FISCAL?
SI INTERVIENE ES PENAL Y SI ES PENAL LA PARTE CIVIL (ECONOMICA) SE RESUELVE DENTRO DEL PLEITO PENAL EN UN SOLO PROCEDIMIENTO PENAL
Por eso los cebollinos trolles opusinos se pelean con el derecho, no entienden su lógica, que haya una jerarquía, que haya que acatarla y que se deba leer y entender por todos, QUE HAYA UNOS PASOS TASADOS... por la Lec y Lecrim aquí no valen sus mandangas
Que obsesión y culto al líder hijo del chocolatero, ¿a que no se ha preocupado el troll ni una vez por ti como ex ni por otras, ni te ha ofrecido ayuda, empatía, apoyo?
Que va... a lavar la biografía de la familia de rufianes estafadores chocolateros.
Repito troll @fendetestas, HAY CONSULTA Y MOTIVACIÓN DE FISCALIA, ES PENAL + ES EN BARCELONA, ES DELITO COMETIDO EN BARCELONA, LO MAS SEGURO ESTAFA A LOS JUNCOSA VERDADEROS Y ESTOS SE QUISIERON SUMAR A LA PARTE CIVIL DE ZARAGOZA YA FIRME EN SENTENCIA DONDE YA NO PODIAN POR SER YA COSA JUZGADA, Y POR ESO ABRIERON UNA PENAL Y OTRA CIVIL PARA RECUPERAR SUS DERECHOS, DINEROS, ETC
Agua y Ajo
SI MENCIONA OTRO NEGOCIO DE CHOCOLATES DE ZARAGOZA POR REPRESENTACIÓN LOCAL
(Chocolates
Joaquín Orús de Zaragoza, cuyo depositario en Barbastro era Perfecto Albert, domiciliado
en General Ricardos,)
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/242197.pdf
ISSN 1133-0104
"Aragón y Barbastro a comienzos del siglo XX"
El autor Julio V. BRIOSO Y MAYRAL esta relacionado con la Universidad de Navarra y la Iglesia, asi que con cuidado lo que pueda decir.
"6. Industria y comercio
Desde 1872 funcionaba La Fraternal Barbastrense, sociedad de socorros mutuos
contra incendios, bajo los auspicios del Ayuntamiento, que todavía existía en
1914, cuando se anuncia en las páginas del semanario local, El Cruzado Aragonés
15
, al igual que otras muchas industrias y comercios. De La Fraternal se decía
en su correspondiente anuncio: «Cuenta esta patriótica asociación cuarenta años
de existencia», poseía un fondo de 25.000 pesetas y un capital responsable asegurado
de tres millones de pesetas.
Así, la Fábrica de Aceites Finos de Oliva de José Masgrau, o los Chocolates
Joaquín Orús de Zaragoza, cuyo depositario en Barbastro era Perfecto Albert, domiciliado
en General Ricardos, núm. 59-Plaza de la Fustería. La Fábrica de Fideos
y Pastas para Sopa movida por electricidad, de Eugenio Thió, en la que se expendía,
además, harinas, té legítimo de Australia, café marca «El Gallo» y azafrán. El
Almacén de paquetería y mercería de Constancia Artero y Larda se hallaba en la
calle General Ricardos, núm. 1116.
Los Grandes Almacenes de San Pedro, situados en la calle Argensola, núm.
14, concedían «tres días de gracia en artículos negros para la Temporada de Cuaresma
y Semana Santa». Se anunciaba también la consulta del Dr. Fidencio Sesé,
«especialista en partos y enfermedades de niños», en el Coso, 13, 1°17. Las Modas
Carmen Alfós, calle Costa, 9, 2°, anunciaban: «En breve saldrá para traer los últimos
modelos de sombreros para señora y niños de la próxima temporada»18.
13. lbidem, p. 100.
14. Memoria descriptiva del proyecto formulado para la construcción de una plaza de toros en la
Ciudad de Barbastro, Madrid, 3-I-1891.
15. ECA, 7-III-1914.
16. ECA, 7-III-1914.
17. ECA, 21-III-1914.
18. ECA, 4-IV-1914."
🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱
Hace 7 minutos
Sobre el matrimonio Escriba&Albás.Si revisas tu blog encontraras una entrada que te dejé hace tiempo sobre las mujeres de los Escriba todas con apellido judio. No una, ni dos nitres TODAS.No es un dato definitivo pero si bastante sugerente.Judio se casa con judia.Quizas no habia en Barbastro un soltero más joven o una soltera mayor
Vázquez de Prada, La Opus Dei MIENTEN EN TODO, SEGUN LES INTERESE PARA AJUSTAR SU RELATO EN 1997, FECHA PRIMERA EDICION DEL LIBRO. FUE UN LIBRO ENCARGO PARA LA CAUSA FRAUDULENTA DE LA CANONIZACIÓN, ES DECIR, APORTARON TODAS ESTAS TROLAS AL VATICANO, A QUIENES TAMBIEN ENGAÑARON O SE DEJARON ENGAÑAR...
Otro dato que se ha pasado por alto es que en las partidas de bautismo de los hijos de Escriba Corzan y Albas Blanc, las de los hermanos José Maria y Carmen, ambos declaran al sacerdote, ser COMERCIANTES, esto casa con que el abuelo fuera pastelero y ambos ya casados trabajaran en la chocolateria.
De ahi a ponerse como Alta Nobleza, 4 apellidos nobles, con criadas, servicios Casa Hidalga en Plaza 11 etc.
Sacado del Libro de Vazquez de Prada, Apéndices, donde copia lo que lee, pero no publica las partidas de bautismo
1) Partida de bautismo de la madre
" hija legítima de D. Pascual Albás, y de Dª Florencia Blanc, naturales y vecinos de la presente, confiteros" Abuelos CONFITEROS
2) Partida de bautismo de la hermana mayor, Carmen Escrivá de Balaguer (FALSO. el cambio de apellido se produjo en 1945, no en 1899...) Vazquez de Prada, La Opus Dei MIENTEN
"hija legítima de D. José Escribá, de Fonz, y de Dª Dolores Albás, de Barbastro, vecinos y comerciantes de la presente. " Padres comerciantes, AMBOS
3) "Partida de nacimiento de Josemaría Escrivá de Balaguer" (FALSO. el cambio de apellido se produjo en 1945, no en 1899). MIENTEN Vázquez de Prada.
"Que dicho niño nació a las veintidós del día de ayer, en el domicilio de sus padres, calle Mayor, nº 26." FALSO. Vivian en General Ricardos 8-10, donde nació. PADRON OFICIAL de 1902
VII. Partida de Bautismo de Escriba Albas
"Tiene una nota marginal posterior sobre la modificación del apellido Escrivá en “Escrivá de Balaguer”. "Por orden del Delegado Episcopal en 1943", cuando el JUEZ CIVIL SENTENCIO en noviembre de 1945, el cambio legal. Usan a un sacerdote para esta modificación fuera de ley en ese momento.
Padres COMERCIANTES, ambos
"con el PARTE ESCRITO"
En 1912, piden un certificado de nacimiento con la excusa de escolarización con 8 años ya, del Marqués, que llevaba 4 años escolarizado.
Se pide con 6 años que es el año lectivo donde empiezas la educación obligatoria o no, no con 10 años. Antes por ley no puedes empezar
¿Cómo lo matricularon en primaria sin ese certificado durante 4 años...?
Van al Juez Municipal (solían ser jueces de PAZ, es decir, fuera de la carrera Judicial y sin titulación en derecho, para cosas menores) extendido el 26-IV-1912, por don Joaquín Salcedo, Juez Municipal encargado del Registro Civil de Barbastro.
La FAMILIA RELATA AL JUEZ LO QUE QUIEREN QUE EMITA EN EL CERTIFICADO, ESTE DICE QUE COMPARECE EL ALGUACIL POR PETICION DE LOS PADRES PARA QUE EMITA Y SE REGISTRE
"PRESENTADO con el objeto de que se inscriba en el Registro Civil un niño y al efecto como ENCARGADO por los padres del mismo y con el PARTE ESCRITO declaro"
"presenciaron como testigos D. Ramon Meliz, militar retirado, y D. Amado Beltran, barbero, casados, mayores de edad y de esta vecindad."
Como testigos de nacimiento, un militar y un barbero, no una matrona, boticario o el mancebo de botica, una mujer ayuda a la parturienta. Aunque realmente da igual, si estuvieron presentes o a los 7 días tuvieron conocimiento
"Leída íntegramente esta acta e invitadas las personas que deben suscribirla a que la leyeran por sí mismas, si así lo creían conveniente, se estampó en ella el sello del Juzgado municipal, y la firmaron el Señor Juez, el declarante y los testigos,"
ES DECIR, EL JUEZ LEE LO QUE LA FAMILIA LE PIDE POR ESCRITO DE AHI LOS ERRORES TIPOGRAFICOS, CON DOS TESTIGOS Y ESTOS TRAS RATIFICARLO, LO DA el JUEZ POR VALIDO. ES CONFESION DE PARTE
"con el PARTE ESCRITO"
No dice el Juez, "tras consultar los registros municipales", padrones, etc
ENGAÑAN AL JUEZ, PORQUE EN 1902 NO VIVIAN EN MAYOR 26 llamada hoy ARGENSOLA 26.
¿SI YA ESTABAN EMPADRONADOS EN 1902 EN Ricardos 8 PORQUE NO ENSEÑAN AL JUEZ ESE PADRON como PRUEBA?
Porque o enseñarían el de 1912 ya residiendo en Argensola desde esa fecha, engañan a un JUEZ, o no lo enseñarían, si este pusiera fecha de inicio como hy es norma, lo mas seguro que solo había un registro de 1912 en los libros del Padrón, sin poner desde cuando, es decir desde hace media hora... no 10 años...
ENGAÑAN, MIENTEN, OCULTAN DOCUMENTOS OFICIALES, CERTIFICADOS, TERGIVERSAN LOS MISMOS. ES EL LEIV MOTIV EN TODA LA VIDA DE ESTA FAMILIA Y DE LA OPUS DEI. LO QUE REPITIÓ EL MARQUES EN EDAD ADULTA Y SU SECTA DEPREDADORA DE CONCIENCIAS, VIDAS Y PATRIMONIOS AJENOS.
BORRAN EL RASTRO CON LA COCOLATERIA Y LA VIDA EN RICARDOS 8-10
Tampoco presenta Opus Dei ni Rialp, en libros 1ª edición de 1997 (existiendo desde 1949 xerocopias fotocopiadoras, fotos, grabados, etc) copia alguna, imagen alguna de los documentos, nunca hay prueba, todo siempre se pierde y se sustituye 60 años después mas que por mentiras orales que relatan a terceros y una vez engañados, las usan como sus propias fuentes de veracidad. Con un par.
https://imgur.com/WJoUBpI
1) porque se vería todo el frontal largo corrido de Plaza 9 de la fachada enfrentada, no esa esquina tan cerca.
https://i.imgur.com/Qsqvviv.jpeg
https://i.imgur.com/QywDFU6.jpeg
2) Tampoco se tomó desde Argensola esquina Plaza Mercado antes del Palacio Argensola, porque se vería el fondo de la plaza en sentido longitudinal, es decir toda la plaza y muy al fondo la otra fachada
https://i.imgur.com/HOM2VXK.jpeg
https://i.imgur.com/pYhJdMc.jpeg
https://i.imgur.com/CCMx9dS.jpeg
3) Tampoco tomada desde Argensola 30, tras pasar el palacio se vería o la Iglesia San Bartolomé o la parcela con ella derruida, derribada en 1939
https://blogger.googleusercontent.com/img/a/AVvXsEhRsDJBrak1phmo7iSA6dlQp-eT_dpdbSKNQu05GCO0kv-dxAtkgn5QSkF5MRR-PCal_N4VIbtLpa0-cdfMBUeQ01O53vSWvNwUFvfYfzcLJqqp3uJh2CVfU9zx86qH4iw4km20aPHaI13_TueqoWiskvkFTd3Kbu-inIWZKvpeVW3sOMx3dRfNOvrwcFXL=w681-h383-rw
https://i.imgur.com/Pb9RhLV.jpeg
Trola tras trola