SANTA FRESCURA

 El informe Royuela y los investigados por haber estado en cole santificante: donde las dan las toman. Guerra de investigadores de vidas ajenas. Numes, agres, supers y ex de lo mismo suelen vigilar quien entra, quien sale, con quien va, qué hace y qué dice el objetivo. Diferencia con ex fiscal jefe y Ruiz: no cometen la imprudencia de ponerlo por escrito para que un Santi Royuela cualquiera lo saque en su canal yt. 

Caso relativamente reciente:

 "que te dediquen a otra cosa porque vigilante no es lo tuyo. Eres malísimo como espía de Su Majestad". Fresco, descarado, descubres tus cartas. Misión imposible.

Y a fin de cuentas ¿qué les pasó a todas esas ilustres personas? ¿les tocaron un pelo del cuerpo? ¿les quitaron un céntimo de euro? ¿les hicieron la vida imposible en alguna de las múltiples maneras como la institución para la que trabajan  suele amargar la vida? 

Seguramente ese vídeo es lo más cerca del salto a la fama que han estado en sus vidas.

Por otra parte ¡qué poca idea el ex Fiscal jefe de Cataluña! Donde hay que mirar no es en el final de la cadena, en los empleados que  ni pinchan ni cortan y a lo mejor son ateos en sus ratos libres. Más interesante es ir a sus oficinas centrales o delegadas a husmear si como todos sospechamos guardan toneladas de info de miembros pasados, presentes, futuros. Todos ciudadanos españoles con derecho a que sus vidas e intimidades no rueden por los despachos de la burocracia santificante pasando de mano en mano. 

Aquí ya no queda nadie de mis tiempos, y sin embargo, controlan. Luego la info está convenientemente almacenada y viva.

Gracias por el complemento informativo sobre el ex nume murciano que se acabó casando con otra diputada, imposible de averiguar para una nume de a pie, los numes eran santos, santísimos. Desde que Satur comenzó a contarnos su biografía hace unos 15 años comprendí: Cara dura, durísima

En cuanto al "Influencer" pensador, no se fue de guatemala a guatepeor, estando en Guatemala su cara figuraba en los carteles electorales de Guatepeor colgados en avenida Pío XII de Pamplona, precisamente. El nacionalismo euskérico se lleva con la santificación del trabajo. Había ejemplares entre las numes a las que traté de cerca. Jayone y Belén no me parecen votantes del PP. Del Goierri ....

La santificación del trabajo es compatible con lo que signifique poder en España, también renegando de ella, siempre que haya posibilidad de tocar el mismo. Y el nacionalismo ha tocado como todos. Incluido los de la banderita tú eres roja de Vox, ídem de ídem. En principio, una tiende a pensar que   se concentrarían en Vox , y no es descaminado pensarlo. Es incompleto,  no solo sino también

Es una de las realidades que dan plausibilidad a la tesis de García Trevijano del consenso de los partidos políticos españoles. Que se representan a sí mismos y los privilegios que comparten por sentarse en parlamentos, aunque se limiten a darle al botón que les dicen en las votaciones

José Ortega abogado resistente se ha llevado un buen chasco con Vox, le invitaron a un almuerzo, pensó que estas personas algo harían por contrarrestar las medidas que nos están llegando del globalismo. Anteayer se enteró de las mociones todavía más apretatuercas al pueblo español presentadas por los senadores amantes de la Patria.

Para liberarnos de esta lacra tenemos el problema de que son muchos y no caben en todas las cárceles españolas ni siquiera vaciándolas de lo que hay.


Insisto en la estricta moral de puertas adentro y la laxa moral de puertas afuera. Que la eutanasia haya pasado cual vaso de agua en el país del "opusdei" es increíble. ¿Quizás porque es práctica común? Aunque digan otra cosa.

Un slogan para los tiempos coronarios:

Ce n'est pas en obeissant que ça va s'arrêter, c'est parce que vous obéissez que ça continue.

Intentan ahogarnos con toda sus fuerzas.

PRELATURA P

Un mes después de la eleción de Wojtyla comenzó el proceso para convertir al od en prelatura personal de ámbito internacional y con sede en Roma. El papa consideraba necesaria una renovación de la Iglesia y consideraba que od y otras organizaciones del estilo podían y debían ser el medio adecuado. P.e: Focolares de la que se habló hace poco, p.e Legionarios, inolvidable amistad del polaco con un cura drogata, pederasta, con mujeres e hijos.

El largo proceso que duró hasta 19 de marzo de 1983 se inició con una carta del cardenal Villot, secretario de Estado del Vaticano de 15.11.1978, donde comunicaba a Alvaro que el papa consideraba "la improrrogable necesidad de que se resuelva la cuestión de la configuración jurídica del od."

Luego hubo una serie de conflictos desencadenados por la arrogante actitud de los directivos od, cuando ya estaban seguros de obtener el ansiado estatuto. P.e, entre la correspondencia cruzada entre dicasterios romanos sobre el asunto, el 23.abril.1979 el presidente od dirigió una carta al card. Baggio, prefecto de la congre. para los Obispos, el organismo vaticano encargado de las prelaturas, en la que le confirmaba la opinión positiva que "la venerada mente del Santo Padre tenía sobre la transformación de od en prela. perso." 

Una opinión papal expresada en tales términos por Portillo rompía con los protocolos y finas costumbres de la burocracia vaticana. Santificación de la frescura. Te enseñan a ser una descarada, y  aunque los conozcas bien, la gente corriente no está preparada para responder a su altura. A mí al menos la sinvergonzonería no se me da. Es fatal debilidad frente a ellos, ex e in, porque se te meten en la cocina de tu vida con todo el descaro. Marca de la casa.

El texto de la carta iba a ser publicado por el semanario Vida nueva, pero od intervino ante las autoridades eclesiásticas españolas y cuando se puso a la venta la revista, la primera página anunciaba su publicación en ese mismo número, pero el texto había desaparecido de las páginas interiores. La carta fue publicada íntegramente por el País el 11.nov.1979.

"Opus Dei" se atrevió a pedir una prelatura personal cum proprio populo contando con el apoyo incondicional de JPII. Ya no se trataba de una prelatura nullius o territorial como en tiempos de Juan XXIII sino una prelatura con completa autonomía, del tipo de los vicariatos, que no eran jurisdicciones territoriales sino personales, que reforzaría según el od el servicio que podía ofrecer a la Iglesia y poniendo a disposición del Vaticano un cuerpo móvil, expresión jesuita, que podría ir donde más se necesitase.

Es decir, od disponía de los elementos necesarios, prelado, clero y pueblo, por lo que ya solo necesitaba el estatuto de p.p cum proprio populo para funcionar legalmente con una jurisdicción exenta respecto a otras jurisdicciones eclesiásticas. La maniobra fue abortada a finales de 1980, cuando fueron suprimidos del nuevo C.I.C los cánones que se referían a la expresión cum proprio populo. Así el od se quedó con una prelatura p. a secas y sin el cum proprio populo que representaba un añadido peligroso.

La Congregación para los Obispos constituyó un comité técnico que entre 1980 y 1981 celebró 25 sesiones de trabajo. También hubo una comisión especial de cardenales nombrada por el mismo para papa para examinar el asunto. A continuación se pidió opinión a todos los obispos donde operaba od a fin de evitar reacciones hostiles. El proceso que ya había ocurrido entre 1947 y 1950 con los Institutos seculares se repetía. OD sería prota de nuevo en su búsqueda ansiosa de nuevo estatuto jurídico. La novedad residía en que la figura de las prelaturas p. había sido instituida por el Vaticano II y representaba una audacia más por su parte ya que todavía ninguna organización de la Iglesia Católica se había presentado candidata a ser prelatura personal. Lo mismo que había ocurrido con los Institutos Seculares.

Hubo algunas protestas por la manipulación que parecía evidente por parte del od de los mecanismos vaticanos por el modo que se estuvo llevando a cabo el estudio y análisis de un asunto tan delicado que según expertos afectaba a la misma configuración dogmática de la Iglesia, de la que la jurídica no era más que un reflejo estructural. Los reproches provenían de sectores conservadores. Para algunos significaba un atentado contra la constitución misma de la Iglesia y conducía al OD a transformarse en una entidad autónoma y cerrada, un búnker que no dependería de hecho de nadie, con el peligro de convertirse en otra Iglesia.

Para otros el reconocimiento como pp del "Opus dei" representaba un error mayúsculo, un error copernicano. En efecto, la creación de una prela extendida por la Iglesia chocaba frontalmente con el régimen monárquico y por l mismo, monocéfalo, que constituye la esencia de la constitución de la Iglesia. Crear una prelatura personal con jurisdicción sobre miles de miembros, sacerdotes y laicos, esparcidos por el mundo significaba la instauración de un régimen eclesial bicéfalo en cada diócesis. La legión de canonistas del od intervino para resolver los problemas pendientes, pero el recelo se instaló en las esferas eclesiásticas romanas.

Hasta entonces uno de los puntos más conflictivos había sido que los sacerdotes del od estaban sometidos teóricamente a una doble obediencia, el obispo de la diócesis y a los directores internos de la O, aunque en la práctica obedecían solo a la jerarquía interna de la O. Para calmar las iras del Vaticano en tiempos de Pablo VI y para demostrar que respecto a los sacerdotes, no había en el OD ninguna jerarquía interna, los canonistas de la O inventaron en tiempos de Escrivá la argucia jurídica que los sacerdotes no figurasen en el organigrama como cargos internos de gobierno. Así los sacerdotes ejercían teróricamente solo como directores espirituales en las casas y residencias od, aunque en la práctica, por medio de los juramentos promisorios y otros controles burocráticos, seguían participando en el gobierno de la O.

Para las tareas de dirección y gobierno los sacerdotes numes tienen que ser miembros inscritos. Son escogidos por el Presidente general hoy prelado previa la opinión secreta de 3 miembros de la Vicaría Regional y del Consejo General. Los inscritos realizan los juramentos promisorios de modo solemne sobre los Santos Evangelios invocando el nombre de Cristo, jurando una serie de preceptos, según la norma 20 de las Constituciones de 1950, después de la ceremonia de la fidelidad, que es equivalente a los votos perpetuos en órdenes religiosas.

El punto conflictivo de los sacerdotes se quiso solucionar con la obediencia al prelado del od, que pasaba a tener rango de obispo y de él dependía el llamado "presbiterio de la prelatura", formado por clérigos miembros od ordenados e incardinados, es decir, sacerdotes que desde el mismo momento de su ordenación son hechos miembros numerarios". 

Para el clero diocesano adherido iba a seguir existiendo como asociación la Sociedad Sacerdotal de la Sta Cruz formada por socios agregados, aupernume y cooperadores. Se trataba de una estructura de apoyo con carácter de asociación a la que adscribían con vínculo asociativo meramente los sacerdotes de cualquier diócesis y como ellos deben obedecer solo al propio ordinario del lugar no surge ninguna cuestión de doble obediencia, afirmaban los nuevos Estatutos.

Esre fue en síntesis el esquema aprobado para los sacerdotes.

Sin embargo el interés en disipar la cuestión de la doble obediencia no logró despejar las dudas y dejó sin resolver otro tema más importante señalado por el cardenal Tarancón al afirmar que la calificación de prelatura para opus dei era "un poco reducida".

El balance con el estatuto prelaticio no parece brillante. Si por una parte el intento de preservar de la invasión operística la jurisdicción episcopal, asunto de vital importancia para el Vaticano siguió siendo ambiguo, por otra parte od seguiría después de haber obtenido el ansiado estatuto, sin estar totalmente en la ley canónica, por lo que los laicos seguirían desamparados jurídicamente como siempre.

Así el problema de fondo de la prelatura concedida graciosamente por JPII es que no se adaptaba adecuadamente como señala Michael Walsh, a los laicos del od. En otras palabras, que la prelatura es solo prelatura sacerdotal. La incardinación según el nuevo código de derecho canónicos se refiere solo a los sacerdotes, los laicos no figuran. Pueden colaborar con la prela, unirse a ella por medio de un contrato si así lo desean, pero o pueden sean o no numes, exigir ser incardinados ni por consiguiente ser miembros de pleno derecho. Seguían marginados como cuando od quiso ser Instituto Secular.




Comentarios

Magí Ribas Alegret ha dicho que…
Esta entrada y, recientemente, alguna otra, inciden en la relación entre Prelatura personal y Santa Sede y, por ende, la responsabilidad del todo respecto de la parte. Cuestión crucial en Derecho de daños. Aunque los Magistrados Instructores de recusaciones rechacen como prueba documentos procedentes de la Secretaría de Estado vaticana. "Eppur si muove"
Magí Ribas Alegret ha dicho que…
Segunda Enmienda de la Constitución US (1791), derecho de los ciudadanos a llevar armas.

“Para dos de los padres fundadores , James Madison y Alexander Hamilton, el fin de ese derecho era precisamente garantizar al ciudadano su propia defensa en caso de que el Estado se extralimitara.

O lo que es lo mismo, los ciudadanos debían disponer de medios para hacer frente a un Ejército, al Ejército propio, se entiende, que en un momento dado pudiera amenazar la libertad de la nación e imponer una dictadura.

Madison, además, señaló, para dar más peso a esta argumentación, cómo los estados europeos de entonces restringían a los civiles su acceso a las armas para asegurarse, precisamente eso, seguir controlando el poder.”

https://confilegal.com/20170304-donde-procede-derecho-poseer-armas-los-estados-unidos/

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